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D101 FORMULARIO TRIBUTARIO ISU

  • Foto del escritor: Bernal Gomez S
    Bernal Gomez S
  • 23 feb 2022
  • 3 Min. de lectura

Consideraciones para presentar el Formulario D-101 A partir del 01 de enero y hasta inclusive el (martes) 15 de marzo del presente año, se puede presentar el formulario auto liquidativo del Impuesto a las Utilidades denominado: D101, del periodo fiscal 2022, sin sanciones. (Artículo No. 83 CNPT) . Esta declaración la presenta todos los personas independientemente de la nacionalidad del domicilio y del lugar de la constitución de las personas jurídicas o de la reunión de sus juntas directivas o de la celebración de los contratos, que realicen actividades o negocios de carácter lucrativo en el país, tales como:


-Personas Físicas con actividades lucrativas

-Personas Jurídicas con actividades lucrativas

-Entre otros, nombrados en el artículo No. 02 de la Ley No. 7092.


De los registros contables depende la veracidad de las declaraciones tributarias, por eso a la hora de elaborar el Formulario D101 es importante tener muy presente:


Sistemas y Reportes:

1. Asegúrese de cotejar o conciliar los montos de los reportes de los sistemas de facturación, con sus registros contables, con esto, podemos evitar que las declaraciones del valor agregado y la declaración del impuesto sobre renta sean distintas en sus partidas de ventas (*), compras y gastos (D-104.2) (n.c. exposición).

(*)=Revise si este obligado tributario debe realizar la proporcionalidad de rentas gravadas y rentas no gravadas.

2. Al igual que los montos de los reportes de planillas entre la C.C.S.S e I.N.S. y sus registros contables. Un dato no reportado puede tomarse como Gasto No deducible.

3. Revise que los montos de los documentos aduaneros sean los mismos registrados en sus declaraciones tributarias sobre Impuesto IVA (D104.2) y sus registros contables.

4. Verifique que sus egresos (compras, gastos y adquisiciones) estén con los archivos XML respectivos, guardados en su PC, servidor, y/o respaldos físicos y digitales.

5. Registre los egresos, siempre con el concepto y uso de la norma: Gasto Deducible.

6. Verifique que sus cuentas bancarias estén conciliadas.

7. Analice sus últimas 4 declaraciones tributarias del Impuesto sobre Utilidades, que sean razonables, claros y reales (n.c. coincidencia o congruencia, razonabilidad y fiabilidad).

8. Verifique con su presupuesto (*), las partidas destinadas a pagos, entre ellos Impuestos. (*)= si es que procede.

9. Verifique la modificación del artículo 15 del Impuesto sobre Renta en la Ley No. 9635 sobre las PyMES y PyMPA, para las personas jurídicas, incisos I,II y III. 10. Es recomendable rellenar toda las secciones del formulario D101;


Sección I (Cuentas de Situación) Activos, Pasivos y Patrimonio

Sección II (Cuentas de Resultados)

Ingresos (*)

(*)= recuerde que si el Obligado Tributario esta en 2 regímenes tributarios (Tradicional y Rentas de Capital) este último régimen no es necesario que presente estos datos en dicha sección (II).


Sección III (Cuentas de Resultados) Costos y Gastos

Aportes a Regímenes Voluntarios y

Otros costos, gastos permitidos de ley


Y las siguientes secciones del formulario; Si tiene créditos familiares para las personas físicas, puede analizar si puede registrarlos (solo uno de los conyugues puede utilizarlos).

Si tiene adelantos de impuesto sobre renta, retenciones, puede registrarlos y por último si posee, saldos por compensar con créditos a su favor, utilícelos, no sin antes, comprobar que tiene derecho a dichos saldos, para esto, puede solicitar un extracto de cuenta ante la Dirección General de Tributación Directa, por medio del sistema web TRAVI (· Autoservicio de clientes (hacienda.go.cr)).


Puede elaborar un borrador en MS Excel con esta información para sus análisis y comprobaciones finales, ejemplo:


Recuerde que esta declaración jurada del Impuesto sobre Renta se presenta mediante el sistema web ATV (Portal Contribuyente - Inicio de Sesión (hacienda.go.cr)), en el caso que deba cancelar impuesto, puede realizarlo desde esta web o en su banco digital de preferencia, BN Servicios, Rapi-BAC o en ventanilla humana en una entidad bancaria autorizada.


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Bernal A. Gómez S. CPI

bernalgomez@gmail.com



 
 
 

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